Higiene personal

Esta ficha proporciona información técnica sobre los hábitos de higiene personal que debe adoptar todo trabajador expuesto a polvo de sílice cristalina y las instalaciones y equipamientos adecuados para tal fin.

Es posible que, según las circunstancias específicas de cada caso, no sea necesario aplicar todas las medidas indicadas en esta ficha para realizar una correcta higiene personal por exposición a sílice cristalina y se deba optar por seleccionar las más idóneas y apropiadas.

Procesos y equipamientos

Los trabajadores realizarán su aseo personal una vez que finalicen las tareas de exposición a polvo de sílice cristalina y necesariamente antes de abandonar su puesto de trabajo.

Los lugares de trabajo dispondrán de agua potable en cantidad suficiente y fácilmente accesible para que los trabajadores puedan realizar su aseo personal.

El aseo personal se realizará preferiblemente con agua y jabón, siendo prioritarias aquellas partes del cuerpo que no hayan estado protegidas por ropa de trabajo o equipos de protección individual.

Se dispondrá de duchas de agua corriente, caliente y fría, cuando se realicen habitualmente trabajos sucios, contaminantes o que originen elevada sudoración. Es recomendable que los trabajadores expuestos a polvo de sílice se duchen al terminar su jornada laboral.

Se evitará el uso de sistemas no homologados de soplado con aire comprimido, como mangueras o pistolas de aire, como método de aseo personal para evitar la penetración de polvo en los poros de la piel del trabajador y, por tanto, su traslado fuera del lugar de trabajo. Tampoco se debe eliminar el polvo de la ropa con cepillo.

Los trabajadores expuestos a polvo de sílice cristalina dispondrán, dentro de la jornada laboral, del tiempo necesario para su aseo personal, con un máximo de 10 minutos antes de la comida y otros 10 minutos antes de abandonar el trabajo.

Es recomendable que los trabajadores expuestos a polvo de sílice se duchen al terminar su jornada laboral.

La empresa proporcionará a los trabajadores ropa de trabajo adecuada para la realización de las tareas de su puesto de trabajo. Se le proporcionarán los cambios suficientes para garantizar el bienestar y la seguridad del trabajador.

La ropa de trabajo y la ropa de calle deberán guardarse en lugares separados que garanticen que no existirá contaminación de la ropa que sale al exterior.

Podrán usarse cabinas con duchas de aire soplado para la eliminación del polvo de la ropa de trabajo de forma rápida, eficaz y segura. El operario debe entrar en la cabina provisto de protección: ocular, auditiva y respiratoria. Para mantener un mayor nivel de seguridad son aconsejables cabinas con sistema de aspiración del polvo.

La empresa deberá encargarse del lavado y descontaminado de la ropa de trabajo usada y con restos de polvo de sílice cristalina. La gestión del lavado podrá asumirse de diferentes formas: Lavandería especializada, lavandería propia,  ropa en renting, etc.

El trabajador no podrá llevar la ropa de trabajo usada fuera de la empresa.

La ropa usada de trabajo deberá depositarse en los recipientes adecuados que la empresa habilite para tal fin. Deben permanecer cerrados o disponer de una abertura en la parte superior para evitar la puesta en suspensión del polvo. Ejemplo: contenedores con tapa, buzones, etc.

Es recomendable que la empresa que decida asumir con medios propios el lavado de la ropa desarrolle e implemente un procedimiento para dicho proceso y mantenga registros actualizados de las operaciones realizadas.

Las empresas que subcontraten el servicio de recogida y lavado de la ropa deberán informar de los riesgos existentes derivados de la presencia de polvo de sílice cristalina en la ropa de trabajo.

La ropa de trabajo y la ropa de vestir pueden separarse mediante la disposición de:

  • Taquillas dobles
  • Taquillas simples (una para cada tipo de ropa) que se ubicarán de forma estratégica para garantizar la separación de espacios limpios y sucios.

Los lugares de trabajo dispondrán de vestuarios cuando los trabajadores deban llevar ropa especial de trabajo y no se les pueda pedir, por razones de salud o decoro, que se cambien en otras dependencias. Cuando los vestuarios no sean necesarios, los trabajadores deberán disponer de colgadores o armarios para colocar su ropa.

Los vestuarios estarán provistos de asientos y de armarios o taquillas individuales con llave.

Los lugares de trabajo dispondrán de retretes, dotados de lavabos, situados en las proximidades de los puestos de trabajo. Los retretes dispondrán de descarga automática de agua y papel higiénico. En los retretes que hayan de ser utilizados por mujeres se instalarán recipientes especiales y cerrados. Las cabinas estarán provistas de una puerta con cierre interior y de una percha.

Los locales de aseo contarán con espejos, lavabos y duchas con agua corriente, caliente si es necesario, jabón y toallas individuales u otro sistema de secado con garantías higiénicas.

El número recomendable de locales de aseo es de uno por cada 10 trabajadores o fracción de éstos. Para los espejos se recomienda uno por cada 25 trabajadores o fracción, que finalicen su jornada simultáneamente. En cuanto al número de duchas se recomienda una ducha por cada diez trabajadores o fracción que finalicen su jornada simultáneamente.

Se tendrá en cuenta la presencia de trabajadores discapacitados, debiéndose adaptar alguno de los retretes a sus características especiales para que el uso de los mismos no sea impedido por barrera alguna.

Una instalación eficaz para el cambio de ropa y descontaminación de los trabajadores dispone de tres compartimentos que garantizan la separación y aislamiento entre la zona contaminada (zona sucia) y la zona libre de polvo de sílice cristalina (zona limpia) a través de una zona intermedia donde están localizadas las duchas. Deberá diseñarse para que el flujo de aire circule desde la zona limpia a la zona contaminada y no en sentido contrario.

Las puertas con el exterior serán rígidas y los compartimentos podrán separarse bien por puertas rígidas o cortinas flexibles.

Los trabajadores deberán acceder y salir únicamente a través de estas instalaciones de aseo y cambio de ropa a las zonas de trabajo.

Los locales destinados a la higiene personal de los trabajadores deberán mantenerse en buen funcionamiento y condiciones óptimas.

Se realizarán los mantenimientos y revisiones adecuadas de los equipamientos destinados a la higiene personal; como termos eléctricos, tuberías, secadores de manos, cisternas, dispensadores de jabón, desagües, etc.,  de acuerdo con las instrucciones del proveedor o instalador.

Para prolongar la vida al máximo de la ropa de trabajo en buen estado, ésta deberá lavarse, secarse y plancharse según las recomendaciones del fabricante, que figuran en la etiqueta.

Los vestuarios, aseos, duchas y retretes deberán ser limpiados periódicamente por el personal designado. La limpieza debe registrarse y estar visible para los usuarios de las instalaciones.

Se repondrán con periodicidad los consumibles necesarios para la higiene personal.

Se debe comprobar visualmente a diario las ropas de trabajo para detectar posibles signos de daño o polvo.

Está prohibido fumar en los lugares de trabajo.

No se puede comer ni beber en los lugares de trabajo con exposición a sílice cristalina.

Se recomienda realizar la limpieza de las instalaciones de higiene personal como mínimo una vez por cada turno de trabajadores.

Las empresas pueden habilitar lujares alejados de los focos de polvo y acondicionados para que los trabajadores puedan realizar la ingesta habitual de alimentos de forma segura.

Las bebidas serán ingeridas desde recipientes cerrados individuales con dispositivos que eviten la entrada de polvo.

No guardar alimentos ni bebidas en lugares de trabajo con presencia de polvo, se dejarán en los locales habilitados por la empresa para la comida y/o el descanso del personal.